Ayer se aprobó el período ventana para los 0km que no cumplan con la ley

viernes, 4 de julio de 2014



Finalmente el gobierno uruguayo aprobó el período ventana para comercializar vehículos fuera de la ley.
Lo que primero era un fuerte rumor, se confirmó ayer con las firmas del Poder Ejecutivo. Si bien a partir del próximo domingo comenzará a regir la nueva Ley de Tránsito que exige doble airbag frontal y frenos ABS de serie en los 0km comercializados, el gobierno aprobó el período ventana para que se vendan unidades que no cumplan con esto.

ADEMÁS: Comunicado de Latin NCAP al respecto.
ACTUALIZACIÓN: Presidencia emitió un comunicado de prensa al respecto del decreto.


La ley 19.061, aprobada en enero de 2013 y vigente a partir del próximo domingo 6 de julio, indicó que todos los vehículos cero kilómetro propulsados a motor de cuatro o más ruedas que se comercialicen en el país deberán contar con sistema de frenos ABS, apoya cabeza en todos los asientos o plazas, cinturones de seguridad y airbags frontales en las plazas delanteras como mínimo en aquellos vehículos que así lo admitan. Sin embargo, e increíblemente, todavía hay modelos que siguen a la venta sin estos implementos a días de comenzar a regir la ley (ver nota).

Eso generó una luz de alarma entre algunos importadores que tienen este inconveniente, y desde hace algunos meses venían manteniendo contactos con dependencias gubernamentales con injerencia en este tema, con el fin de poder "esquivar" la normativa con esas unidades que no cumplen con la ley. Y lamentablemente, lo consiguieron.


Ayer jueves 3 de julio se aprobó el decreto que permite comercializar vehículos sin airbags ni frenos ABS, de cualquier procedencia, que califiquen en las categorías M1, M1a, M1b, M2 y M3, por un período de seis meses, mientras que los utilitarios de cualquier origen (categorías N1, N2, N3, O3 y O4) tendrán un año, y para los vehículos de fabricación nacional de cualquier categoría, el plazo será de 18 meses (ver decreto).

En relación al sistema de frenos ABS para la categoría M3 (ver categorías), se sigue cumpliendo con la normativa de comercialización presentada por la Ley Nº 19.061, que decretaba un año más de plazo a partir del 6 de julio de 2014.

La creación de este período ventana, según sus impulsores, no va en detrimento de la nueva normativa, ya que a partir de su vigencia no se permitirá el ingreso de los vehículos que no tengan las condiciones de seguridad requeridas.

Como ya sabrán, desde Autoblog no compartimos en absoluto ese punto de vista, dado que es promover el accionar de empresas que no buscan darle a sus clientes productos con un mayor nivel de seguridad (ver editorial).

Cabe destacar que el período de gracia será para los vehículos que se encuentran en territorio nacional, así como aquellos que están depositados en zona franca. Con esta resolución gubernamental entrando a tiempo, es decir, dos días antes de que comience a regir la ley, ya no deberán empadronar los cero kilómetro como vehículos usados para poder comercializarlos en la plaza, sino que podrán seguir vendiéndolos como nuevos.



El decreto define "que resulta de interés realizar las modificaciones que se disponen, a efectos de propender a una adecuada y ágil transición entre las condiciones previas y las exigencias del sistema que se instaura".

Como consecuencia de esto, Latin NCAP emitió hace minutos un comunicado expresando su disconformidad con la aprobación de este documento, y el mismo puede leerse a continuación. Autoblog está 100% de acuerdo con lo expresado por el organismo en este sentido.

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Comunicado de Latin NCAP: Uruguay necesita vehículos más seguros ahora, no después

Uruguay necesita vehículos más seguros ahora, no después. El gobierno uruguayo debe introducir regulaciones sólidas y transparentes. Los fabricantes de automóviles tienen que ofrecer a los conductores la misma protección que ofrecen a sus clientes en otras partes del mundo. Las últimas pruebas de choque realizadas por el Programa de evaluación de vehículos nuevos para América Latina y el Caribe (Latin NCAP), han demostrado que los fabricantes de automóviles pueden construir vehículos con seguridad de cinco estrellas en la región. Asimismo se ha demostrado lo importante que es que los gobiernos establezcan normas mínimas de seguridad para los vehículos vendidos a los consumidores. Sin las normas, las empresas de automóviles continuarán ofreciendo seguridad deficiente y las familias seguirán sufriendo innecesariamente.

Latin NCAP considera muy preocupante la reciente publicación de las modificaciones al Decreto N°81/014, el cual reglamenta la Ley de Tránsito N° 19.061 y posterga por al menos 6 meses la exigencia de airbags y frenos ABS en los vehículos nuevos. La incorporación inmediata de estos sistemas es lo correcto para la seguridad vial y para los consumidores de Uruguay. Esta medida fue anunciada hace 18 meses y cualquier retraso será una gran decepción no sólo para los consumidores uruguayos sino también para todas las organizaciones que trabajan para salvar vidas en el tránsito. Latin NCAP entiende que 18 meses es un tiempo más que suficiente para que todos los importadores y fabricantes se ajusten a las nuevos requerimientos de seguridad que entraban en vigencia el 7 de julio próximo.

Una postergación del requerimiento de airbags y frenos ABS ignora a quienes han trabajado duramente por la seguridad vial y apoya a unos muy pocos que entienden que la seguridad vial y la Ley nacional es menos importante que sus propios beneficios económicos.

Latin NCAP rechaza y está en absoluto desacuerdo con el reciente anuncio del gobierno uruguayo de postergar el requerimiento de airbags y frenos ABS para los vehículos del mercado local, habiéndose anunciado esta medida hace 18 meses y siendo Uruguay un país mayoritariamente importador de automóviles con altos niveles impositivos.

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A última hora del viernes, desde Presidencia se emitió un comunicado al respecto de la aprobación de este decreto, con este título: "Gobierno facilita transición de comercialización de vehículos previo al nuevo sistema" (ver comunicado).