ACAU denunció al Congreso de Intendentes por incumplimiento de la Ley 19.061

lunes, 27 de junio de 2016



Finalmente ACAU decidió denunciar el no cumplimento de la Ley 19.061 por parte del Congreso de Intendentes.
Luego de varios meses de intensas tratativas, hace cinco semanas ACAU (Asociación del Comercio Automotor del Uruguay) resolvió denunciar el incumplimiento de la ley de seguridad vial, (19.061) por parte del Congreso de Intendentes desde noviembre del año pasado (ver nota).

Resultaba que por cuestiones de interpretación y apuntalados en resoluciones adoptadas por la Comisión de Seguimiento de SUCIVE, se estaba lejos de cumplir con el espíritu del legislador. La nota que se hizo pública terminaba diciendo: "ya es hora de intervenir y corregir lo que entendemos es un desvío fundamental de la ley de seguridad vial". 

Lo cierto es que en estas horas, el Congreso de Intendentes emitió la circular 29/16, corrigiendo los tantos. La misiva dirigida a intendentes, jerarcas departamentales y director de UNASEV, afirma que a solicitud de varias Intendencias, se reitera que "los plazos de vigencia" de la excepción que permitía empadronamientos de vehículos sin los elementos de seguridad exigidos "están vencidos", con la excepción del literal c), que está muy próximo a hacerlo: 


a) Los vehículos de fabricación nacional, totalmente terminados antes del 6 de julio de 2015 (que no cumplan con los elementos de seguridad exigidos por la legislación vigente), hasta el 6 de enero de 2017. Este plazo fue modificado al comprobarse errores de interpretación que al no ser trasladables al contribuyente, se consideran vigentes hasta el 5 de mayo de 2016 momento en que el SUCIVE asumió una posición concluyente, y siempre que el interesado haya efectivamente presentado su solicitud de empadronamiento ante el GGDD de manera fehaciente. 

b) Los vehículos de fabricación extranjera que se encuentren en las categorías MERCOSUR, introducidos al territorio nacional antes del 6 de julio de 2015, hasta el 6 de enero de 2016. 

c) Los vehículos de carga o transporte, de origen extranjero, detallados en las categorías MERCOSUR, hasta el 6 de julio de 2016.


En suma. Llegó el momento de cumplir cabalmente lo establecido por la ley 19.061 que entró en vigencia el 6 de julio de 2014. En su artículo 5 se establece que todos los automotores cero kilómetro de cuatro o más ruedas y que se comercialicen en el país, deberán contar con sistema de frenos ABS, apoya cabeza en todos los asientos o plazas, cinturones de seguridad y airbags frontales en las plazas delanteras. 

Con la aclaración realizada por el Congreso de Intendentes, se terminó con la resolución que habilita a seguir patentando vehículos sin contar con airbags y frenos ABS, aceptando que se los considere como usados. O sea, un fabricante que tenía en stock vehículos 0km, podía patentarlo sin problemas y luego venderlo como "usado". Pero esto ahora se terminó.

Fuente | ACAU