Se aprobó el proyecto de ley de frenos ABS y doble airbag obligatorios en los 0km

viernes, 28 de diciembre de 2012



El doble airbag, los frenos ABS y los sistemas de retención infantil serán obligatorios dentro de 18 meses.
El Poder Ejecutivo promulgará el proyecto de normas complementarias de la Ley Nº 18.191, entre las que se encuentran que los frenos ABS, el doble airbag en los 0 km, así como el uso de los sistemas de retención infantil, serán obligatorios a partir de 18 meses tras la promulgación. Conocemos los detalles de dicha promulgación, tras el salto.

Este 26 de diciembre, el Parlamento aprobó las medidas complementarias de la ley de Tránsito Ley Nº 18.191 y que pasaron al Ejecutivo para su promulgación. Tras la media sanción de la Cámara de Senadores (ver nota) a partir de la promulgación comenzarán a correr los 18 meses para la aplicación de las normas complementarias a dicha ley. 

Dicho conjunto de medidas complementarias comprenden la obligatoriedad de elementos como los frenos ABS, el doble airbag frontal, apoyacabezas y cinturones de seguridad para todas las plazas, para los vehículos 0 km comercializados, así como el uso de sistemas de retención infantil, la prohibición de la circulación con niños menores de 12 años en las plazas delanteras, asi como de aquellos menores de 18 años que midan menos de 1,50 metros. También se exige llevar un "maletín con elementos de primeros de primeros auxilios y seguridad vial" aunque en ninguna parte del documento se aclara qué debe contener el mismo, ni siquiera en los anexos.

Dentro del proyecto, también se encuentran normativas respecto al transporte público interdepartamental e interurbano, conducir utilizando el celular, -aunque sí permiten el uso del manos libres- nuevas reglamentaciones para motocicletas y bicicletas, o el transporte de personas en las cajas de carga de pick-ups o camiones. Respecto al documento presentado por la Cámara de Senadores en setiembre, hubo algunas modificaciones por parte de la Cámara de Representantes, y las mismas pueden verse en este link.

Resumen de los artículos más destacados de la resolución final: 
Capítulo I. Artículo 1: Los niños de 0 a 12 años de edad estarán obligados a viajar en los asientos traseros de conformidad a los sistemas de sujeción y categorías establecidas en la reglamentación que el Poder Ejecutivo establezca.
Las mismas obligaciones del inciso anterior regirán para los adolescentes hasta los 18 años de edad que midan menos de 1,50 metros de estatura.

Artículo 3: Las sillas y similares para el transporte de niños y adolescentes deberán cumplir con las normas que adopten a tales efectos en el país, según la reglamentación que se dicte al respecto.

Capítulo III. Artículo 5: Todos los vehículos cero kilómetro a motor de cuatro o más ruedas que se comercialicen en el país deberán contar con sistema de frenos ABS, apoyacabezas en todos sus asientos o plazas, cinturones de seguridad y airbag frontales como mínimo de aquellos vehículos que así lo admitan, de acuerdo con lo que fije la reglamentación respectiva.

Artículo 6: Los requisitos establecidos en el artículo anterior serán exigibles a partir de dieciocho meses de la promulgación de la presente ley, debiendo tales elementos ajustarse a las disposiciones y exigencias técnicas contenidas en las normas nacionales o internacionales que se adopten a tales efectos por el país, según la reglamentación respectiva.

Capítulo V. Artículo 13: Se prohibe a los conductores de cualquier tipo o categoría de vehículos, cuando circulen, el uso de dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear cualquiera de las manos.

Capítulo VII. Artículo 15: Todos los vehículos cero kilómetro a motor de cuatro o más ruedas que circulen por la vía pública, o por la vía privada librada al uso público, deberán contar con un maletín con elementos de primeros de primeros auxilios y seguridad vial.

De esta forma, Uruguay también se suma a la fecha límite para adoptar el ABS y doble airbag obligatorio, que se dispusiera en los gobiernos de Argentina y Brasil. Igual, en estos casos vale recordar lo dicho por el  Director Técnico de Global NCAP, Ing. Alejandro Furas ayer, respecto al doble airbag y ABS obligatorios (ver entrevista) Los que quieran conocer el conjunto de normas complementarias, junto a la ley, las pueden leer acá.