Senado aprobó el proyecto de ley de frenos ABS y doble airbag en los 0km a partir del 2014

jueves, 27 de septiembre de 2012



Tanto los frenos ABS como el doble airbag serán obligatorios en todos los 0km a partir del 1° de enero de 2014.
La Cámara de Senadores dio la media sanción al proyecto de normas complementarias a la Ley Nº 18.191, entre las que se encuentran que los frenos ABS y el doble airbag serán obligatorios en todos los 0km a partir del 1° de enero de 2014, entre otras. Más información, tras el salto.

Puede que esta sea una de las mejores noticias que nos tocó dar en estos casi dos años de Autoblog. La Cámara de Senadores dio la media sanción el pasado martes al proyecto que comprende normas complementarias a la Ley Nº 18.191, creada el 27 de noviembre de 2007, sobre Tránsito y Seguridad Vial. La iniciativa será remitida a la Cámara de Representantes para su consideración.

Dicho proyecto incluirá varias modificaciones a dicha ley, ya sea a nivel de seguridad vial, como también en lo relativo a los elementos de seguridad pasiva y activa de los modelos 0 km de aquí al 1° de enero de 2014, cuando comenzará a regir este proyecto sustitutivo, de forma obligatoria para todos los vehículos de pasejeros que ingresen a partir de la fecha mencionada.

Dentro del proyecto, también se encuentran normativas respecto al transporte público interdepartamental e interurbano, conducir utilizando el celular, nuevas reglamentaciones para motocicletas y bicicletas, o el transporte de personas en las cajas de carga de pick-ups o camiones.

Aquí va un resumen de los artículos del proyecto más destacados:

Capítulo I. Artículo 1: Queda prohibido circular con niños de hasta doce años y que midan menos de 1,50 metros, en los asientos delanteros o en condiciones inseguras para los mismos en los asientos traseros.

Artículo 3: Los niños y adolescentes de 0 a 12 años y/o hasta 1,50 metros de estatura deberán viajar de conformidad a los sistemas de sujeción establecidas en los artículos siguientes.

Artículos de 4 al 11: Se estipulan las diferentes franjas de sistemas de retención infantil dependiendo de la edad y/o peso de los niños, basándose en las normativas internacionales al respecto.

Capítulo VI. Artículo 7: Todos los vehículos nuevos propulsados a motor de cuatro o más ruedas que se comercialicen en el país deberán contar con sistema de frenos ABS, apoyacabezas en todos sus asientos o plazas, cinturones de seguridad y airbag frontales como mínimo de aquellos vehículos que así lo admitan, de acuerdo con lo que fije la reglamentación respectiva

Artículo 7: Los requisitos establecidos en el artículo anterior serán exigibles a partir de dieciocho meses de la promulgación de la presente ley, debiendo  tales elementos ajustarse a las disposiciones y exigencias técnicas contenidas en las normas nacionales o internacionales que se adopten a tales efectos por el país.

De esta forma, Uruguay también se suma a la fecha límite para adoptar el ABS y doble airbag obligatorio, que se dispusiera en los gobiernos de Argentina y Brasil. Los que quieran conocer el proyecto de ley completo, lo pueden leer acá.