Informe especial: guía práctica sobre sillas infantiles (Parte 1)

viernes, 26 de septiembre de 2014



La gente de Yomani nos da un pequeño curso sobre seguridad infantil vial.
A partir de hoy comenzaremos con un espacio semanal segmentado en partes que irá cada viernes sobre todo lo que hay que saber de sistemas de retención infantil y su uso. Para ello recurrimos al conocimiento del Técnico en seguridad vial infantil, Pablo Romero, responsable de Yomani Uruguay.


Parte 1: Información básica y FAQs de los SRI


El simple hecho de tener leyes y decretos ayuda en varios aspectos, sobre todo al momento de obligar a través de la fiscalización y la sanción. En estos casos, en los cuales se busca prevenir lesiones y muertes, es fundamental acompañar a la ley con una serie de acciones las cuales inducen a la población a entender específicamente cual es el problema y cuál es la solución. 

Debemos informar y concientizar a la población a fin de que se conozcan los riesgos que se corren al momento de circular en un vehículo y que los niños viajen sueltos, y que por “motus propio” tomen decisiones que ayuden a preservar la vida de esos niños.

El último informe de la OMS (Organización Mundial de la Salud) en la sección la cual hace referencia a los sistemas de retención infantil indica que: “los sistemas de retención para niños reducen la probabilidad de accidentes mortales en”:

· Lactantes (sillas mirando hacia atrás) aproximadamente en un 70%

· Niños pequeños (sillas mirando al frente) entre un 54% y 80% aprox.

Fuente: OMS – Prevención de la violencia y los Traumatismos (2013). http://www.who.int/violence_injury_prevention/road_safety_status/2013/facts/es/index.html



Ley 19.061


El pasado 26 de Diciembre del 2012, se voto en el Parlamento, la Ley de Normas Varias 19.061, la cual en su artículo 1 y 3 específicamente hace mención a la obligatoriedad de uso de sillitas en los vehículos particulares para todos los niños y adolescentes del Uruguay. 

Artículo 1 – “Los niños de 0 a 12 años de edad estarán obligados a viajar en los asientos traseros de conformidad a los sistemas de sujeción y categorías establecidas en la reglamentación que el Poder Ejecutivo establezca. 

Las mismas obligaciones del inciso anterior regirán para los adolescentes hasta 18 años de edad que midan menos de 1.5 metros de estatura”. 

Articulo 3 – “Las sillas y similares para el transporte de niños y adolescentes deberán cumplir con las normas que se adopten a tales efectos en el país, según la reglamentación que se dicte al respecto”. 

Es crucial cuidar a los niños en las vías. Al momento de transportarlos en un vehículo particular ahora es obligatorio que usen sillas de auto. Por tal es fundamental desarrollar algunos aspectos a fin de ayudar no solo a la elección de la silla sino también aspectos relevantes al momento de su colocación en el auto y el correcto agarre del niño dentro de la misma.

La semana que viene ahondaremos más sobre los distintos grupos de sillas infantiles, y su adecuación a cada peso y talla de niño. También veremos en próximas ediciones su ubicación dentro del auto, dependiendo de a qué grupo pertenece y según qué anclajes lleve tu vehículo.


Pablo Romero
Técnico e Instructor para las marcas Bebesit y Graco
Creciendo - www.creciendo.com.uy
seguridadvial@bebesit.com.uy
T: (+598) 2336 56 06