Todo lo que hay que saber de la ley Nº 19.061

lunes, 7 de julio de 2014



Ayer comenzó a regir la ley 19.061 que exige entre otros elementos, el doble airbag obligatorio en los 0km.
Desde ayer comenzó a regir la ley Nº 19.061, que obliga, entre muchas cosas a comercializar a los vehículos 0 km que se importen hacia Uruguay con doble airbag frontal y sistema de frenos ABS como equipo de serie. Para conocer definitivamente qué es lo que reglamenta en los automóviles, te invito a seguir leyendo.


Como informamos en reiteradas ocasiones, a partir del 6 de julio (ayer) de este año comenzó a regir la Ley de Tránsito. A pesar de que la Constitución establece 120 días a partir de su aprobación en el Parlamento, el texto legal fue promulgado a principios del 2013, y recién el 3 de abril de este año conocimos su reglamentación (ver nota).

A su vez, dependiendo de cada categoría de vehículos, y por un período mínimo de seis y máximo de 18 meses, aquellas marcas que todavía tengan stock de unidades que no cumplen con la reglamentación, se podrán seguir comercializando como 0 km, como reza el decreto aprobado el pasado jueves 3 de julio (ver nota).

A continuación, les dejaré un desglose de los conceptos más relevantes, mientras que la ley entera puede leerse en este link (ver). Como ya sabrán, rige desde ayer para todos los vehículos nuevos que se importen al país, y terminado el plazo que presenta el decreto de la semana pasada, si es que no se vuelve a poner una prórroga, será para todos los 0 km que se vendan en Uruguay.

Sistemas de retención infantil

  • Deberán ser utilizados por menores de 0 a 12 años de edad.
  • Se exigirá que cumplan con normas técnicas, planteadas en los Anexos I a V (ver), siendo aceptados los que estén homologados por las Naciones Unidas así como por normas brasileñas (INMETRO).
  • Cuarenta y ocho meses después de que comience a regir la ley, se exigirán en los vehículos de categoría M (ver categorías) la incorporación de anclajes fijos (ISOFIX, LATCH u otros) en la fila trasera de asientos.

Cinturones de seguridad

  • Serán obligatorios en las categorías
    • M1 (de pasajeros con menos de ocho plazas)
    • M1a (de pasajeros adaptados para carga)
    • M1b (de carga adaptados a pasajeros)
    • N1 (carga hasta 3.5 ton)
    • M2 (más de ocho asientos y hasta de 5 ton)
    • M3 (más de ocho asientos y más de 5 ton)
    • N1/N2/N3 (carga hasta 12 ton)
  • Serán obligatorios en las categorías M1, M1a, M1b, y N1 los cinturones de tres puntas en las plazas delanteras y en las laterales traseras, y de dos puntas (pélvico) como mínimo en la plaza central trasera.

Frenos ABS

  • Los frenos ABS serán obligatorios en las categorías
    • M1 (de pasajeros con menos de ocho plazas)
    • M1a (de pasajeros adaptados para carga)
    • M1b (de carga adaptados a pasajeros)
    • M2 (más de ocho asientos y hasta 5 ton)
    • N1/N2/N3 (carga hasta 12 ton)
    • O3/O4 (acoplados hasta 10 ton)
  • A las categorías M3 (más de ocho asientos y más de 5 ton) se les hará exigible el sistema de frenos ABS a partir del 1º de julio de 2015.

Airbags frontales

  • Serán obligatorios los airbags frontales en las plazas delanteras en las categorías
    • M1 (de pasajeros con menos de ocho plazas)
    • M1a (de pasajeros adaptados para carga)
    • M1b (de carga adaptados a pasajeros)
    • N1 (carga hasta 3.5 ton)
  • Se podrá exceptuar de esta obligación a las restantes categorías de vehículos.
Tanto los frenos ABS como los airbags deberán cumplir con normas técnicas de construcción y ensayo nacionales, regionales (Mercosur) o internacionalmente reconocidas.

Apoyacabezas

  • Podrá ser individual y regulable, o estar incluido en el respaldo (se aceptan ahora asientos deportivos) con altura "que cumpla la misma función de protección".
  • Serán obligatorios los apoyacabezas en las plazas delanteras de vehículos de pasajeros y en las plazas laterales traseras.
  • Se dispondrá también su obligatoriedad en las plazas centrales de las categorías M2/M3 (mas de ocho asientos).

Maletín de primeros auxilios

  • Obligatorio para todos los vehículos que circulen por la vía pública.
  • Material impermeable, blanco y con una cruz de color verde y la inscripción "Maletín con elementos de primeros auxilios y seguridad vial".
  • Debe contener
    • Apósitos estériles
    • Gasas
    • Linterna con luz LED
    • Guantes limpios
    • Cinta adhesiva hipoalergénica
    • Tijera con punta roma
    • Vendas de gasa 
    • Bolsa para residuos biológicos
    • Dos chalecos reflectivos